Silvia Tornero · Templo Penal Abogados
Una causa por agresión sexual exige estudiar con cuidado lo ocurrido, preparar la prueba y tratar con respeto a todas las personas implicadas. La gravedad de la acusación hace especialmente importante contar con asesoramiento desde la primera citación.

Asumo personalmente la dirección de la defensa. El primer trabajo consiste en delimitar los hechos que se investigan y examinar las actuaciones a las que la defensa puede acceder, para preparar las decisiones iniciales con conocimiento del asunto.
La declaración debe prepararse a partir de esa información y de la versión del cliente. También hay que identificar los documentos, comunicaciones y otros elementos que puedan ayudar a esclarecer los hechos y valorar cómo incorporarlos al procedimiento.
Las declaraciones deben analizarse en su contexto y junto con los informes médico-forenses, las comunicaciones, las imágenes y los demás elementos de la causa. La defensa requiere un examen individualizado, sin dar por acreditados los hechos por la sola existencia de una denuncia.
El trabajo no se limita a señalar discrepancias. Hay que explicar su relevancia, comprobar si pueden aclararse y determinar qué diligencias, testimonios o pericias permiten contrastar las cuestiones discutidas.
Durante la investigación, la solicitud de diligencias debe responder a cuestiones concretas que sea necesario esclarecer. Conforme se incorporan nuevas actuaciones, reviso su incidencia en la estrategia y las opciones de defensa.
La preparación del juicio comprende la prueba que se propone, los interrogatorios, el examen de los informes periciales y las cuestiones jurídicas que corresponda plantear. Cada decisión debe guardar relación con los hechos de la causa y las posibilidades reales del asunto.
Mantengo una comunicación directa para explicar el estado del procedimiento, las alternativas y sus posibles consecuencias. La confidencialidad y una valoración honesta de la causa forman parte de ese trabajo.
Si has recibido una citación, conviene indicar la fecha y el órgano judicial desde el primer contacto. Para estudiar el asunto concretaremos qué documentación es necesaria y el alcance de la intervención profesional.
Los delitos de agresión sexual se regulan en los artículos 178 y siguientes del Código Penal. El encaje jurídico depende de los hechos, de las circunstancias y de la edad de la persona afectada.
Los procedimientos por hechos sexuales con menores requieren estudiar específicamente la edad y las circunstancias del caso. En este artículo explico el consentimiento y la proximidad de edad en relaciones con menores de 16 años.
Si la persona investigada era menor de edad cuando ocurrieron los hechos, puedes consultar mi servicio de defensa penal de menores en Valencia.
Atención personal · Valencia
Si has recibido una citación o tienes un señalamiento o un plazo próximo, indícalo desde el primer contacto.
Si un familiar ha sido detenido, llama directamente para coordinar su asistencia letrada.
La consulta de aproximadamente 45 minutos, presencial o por videollamada, tiene un importe de 65 €. La defensa y dirección del procedimiento se concretan mediante un encargo profesional independiente.
© Templo Penal Abogados · Silvia Tornero
Abogada penalista en Valencia
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